Para aquellos supuestos en los que sea obligatorio auditar las cuentas anuales, como en los siguientes casos:
Criterios cuantitativos.
- Sociedad, salvo presentación de balance abreviado.
- Si lo solicitan accionistas (5% del capital).
- Si se presenta cuentas consolidadas.
Criterios cualitativos: emisión títulos en bolsa, obligaciones en oferta pública, ...
Mandato judicial: cuando así lo acuerde el Juzgado competente, incluso en vía de jurisdicción voluntaria, se acoge a la petición fundada de quien acredite interés legítimo.
Otros: Aumento de capital con cargo a reservas, reducción de capital para compensar pérdidas o para dotar la reserva legal, fusión de sociedades y escisión de sociedades, determinación de valores, Certificación de datos o informaciones, etc…